TEMA 3. CONTENIDO DIGITAL, EVALUACIÓN DE INFORMACIÓN Y LICENCIAS

INTRODUCCIÓN

Como futura profesora, debo ser capaz no sólo de encontrar contenido digital y almacenarlo en la nube, sino también de evaluarlo, y filtrarlo, en el proceso que se llama curación de contenidos”.

*La curación de contenidos consiste en seleccionar información relevante que ya está publicada en Internet, filtrarla, organizarla, añadir un valor adicional y difundirla a nuestra comunidad.

ALMACENAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE INFORMACIÓN EN LA NUBE



1. CONCEPTOS TEÓRICOS

CONTENIDO DIGITAL

Los contenidos digitales son cualquier forma de datos o información en forma digital (archivos electrónicos), en oposición a la forma física. Tienen como objetivo: la creación de contenido digital que sea útil para integrar las tecnologías de información y la comunicación en el aula, con fines educativos para la integración y un mejor aprendizaje de los estudiantes.

Estos contenidos se pueden clasificar en: imagen y vídeo, audio, texto, software, aplicaciones, juegos y redes sociales. 

RECOMENDACIONES: 

  • Estructura: debe ser coherente, con simetría y planificación previa. 
  • El color: es muy importante la elección de colores.
  • Tipografía: hay que tener en cuenta si lo que hagamos se va a ver en un navegador. Las fuentes deben ser sencillas y legibles. No hay que usar más de dos tipos de fuentes en un mismo contenido. 
  • Imágenes: no es impresionable un gif animado, sobre todo para niños. Es recomendable usar imágenes tipo PNG.
  • Multimedia: en ocasiones es una carga innecesaria una música de fondo. 

SOFTWARE

Es el equipamiento o soporte lógico de un dispositivo digital. Es el conjunto de los componentes lógicos necesarios para hacer posible la realización de una tarea específica, en contraposición a los componentes físicos del sistema. Existen diferentes tipos de software.

- Software libre (free software) 

Es aquel software que proporciona al usuario la libertad de compartir, estudiar y modificar el propio software. Se denomina libre porque el usuario es libre.
Para poder hablar de Software Libre, se deben cumplir con las siguientes cuatro libertades:

  1. Run it: Libertad de usar el programa, con cualquier propósito.
  2. Change it: Libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a tus necesidades.
  3. Redistribute it: Libertad de distribuir copias, con lo que puedes ayudar a tu vecino.
  4. Redistribute with changes: Libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás.

- Software propietario (private)

Cualquier programa informático en el que el usuario final tiene limitaciones para usarlo, modificarlo o redistribuirlo (ya que está está prohibida o requiere permiso expreso del titular del software). También el código fuente no está disponible o el acceso a éste se encuentra restringido por un acuerdo de licencia, o por tecnología anticopia. Los derechos de autor corresponden a una persona física o jurídica.



FUENTE DE REFERENCIA

Es una fuente de la que el profesor se puede fiar para usar en sus clases. Suelen ser otros profesores de referencia, sitios web educativos, o aquellos portales educativos mantenidos por Comunidades Autónomas, Colegios o centros de referencia. 

El concepto clave es que no toda la información en Internet tiene la misma validez ya que todo el mundo puede escribir, incluso sin tener conocimiento de aquello que escribe, por eso los profesores a la hora de seleccionar el material para sus clases deben tener cuidado de filtrar por aquellas fuentes que sean de referencia.

Es importante también citar a la fuente de referencia cuando se quiera usar el trabajo. 

2. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define Propiedad Intelectual como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección". 

Cualquier creación de la mente humana es parte de la propiedad intelectual. Destacan los derechos de autor: son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos de los autores por el simple hecho de crear una obra, esté publicada o sea inédita. Se distinguen dos tipos de derechos de autor: 

  • Derechos morales: reconocimiento de la condición de autor de la obra o reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones.

  • Derechos patrimoniales: explotación de la obra o prestación protegida. Tiene la capacidad de solicitar una compensación económica por los actos de explotación que se hagan sobre la obra. Asociados al Copyright que se representa a través del conocido símbolo © que se asocia a la idea de “todos los derechos reservados”.

*Los derechos de autor reconocen al creador de la obra o contenido, mientras que el Copyright está asociado a los derechos de uso sobre la propia obra. Los autores pueden ceder el copyright a otra persona, mientras que el derecho de autor sólo pertenece al creador de la obra.




Este modelo ha permitido a los autores proteger su obra, aunque debido al desarrollo de Internet y el intercambio de información, se han intentado eliminar o reducir las limitaciones existentes para reutilizar o modificar los contenidos. Así han surgido conceptos como Copyleft, utilizando el juego de palabras para identificar aquellos contenidos que proporcionan al usuario la posibilidad de utilizar, modificar y redistribuir el contenido o posibles modificaciones realizadas sobre el mismo, o las licencias Creative Commons*, que permiten a los autores establecer los derechos asociados a sus contenidos.



3. LICENCIAS SOBRE CONTENIDO

Creative Commons es una organización sin ánimo de lucro que se dedica a ofrecer de forma gratuita la posibilidad de otorgar permiso al público para compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección.

Para crear una licencia, se puede hacer desde este enlace. Las licencias se hacen sobre contenidos, y éstas no reemplazan a los derechos de autor, sino que tratan de establecer los términos y condiciones de la licencia de una obra para satisfacer la necesidad del autor.

Hay seis tipos de licencias principales: 

  • Reconocimiento CC BY: permite a otros distribuir, mezclar, ajustar y construir a partir de su obra, incluso con fines comerciales, siempre que le sea reconocida la autoría de la creación original. Esta es la licencia más servicial de las ofrecidas. Recomendada para una máxima difusión y utilización de los materiales sujetos a la licencia.
     

  • Reconocimiento-Compartir Igual CC BY-SA: permite a otros re-mezclar, modificar y desarrollar sobre tu obra incluso para propósitos comerciales, siempre que te atribuyan el crédito y licencien sus nuevas obras bajo idénticos términos.

      

  • Reconocimiento-SinObraDerivada CC BY-ND: permite la redistribución, comercial y no comercial, siempre y cuando la obra no se modifique y se transmita en su totalidad, reconociendo su autoría.

          

  • Reconocimiento-NoComercial CC BY-NC: permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales. Aunque en sus nuevas creaciones deban reconocerle su autoría y no puedan ser utilizadas de manera comercial, no tienen que estar bajo una licencia con los mismos término.



  • Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA: permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales, siempre y cuando le reconozcan la autoría y sus nuevas creaciones estén bajo una licencia con los mismos términos.



  • Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada CC BY-NC-ND: es la más restrictiva. Sólo permite que otros puedan descargar las obras y compartirlas con otras personas, siempre que se reconozca su autoría, pero no se pueden cambiar de ninguna manera ni se pueden utilizar comercialmente.



En resumen, las licencias Creative Commons son las más usadas para contenidos, y pueden agruparse en cuatro módulos de condiciones:

  • Atribución (BY): permite copiar, reproducir, distribuir, modificar y hacer uso comercial de la obra siempre y cuando se reconozca al autor original.

  • Compartir igual (SA): permite modificaciones sobre la obra, pero bajo la misma licencia o similar.

  • No comercial (NC): obliga a que la obra no sea utilizada con fines comerciales.

  • No derivadas (ND): no permite modificar la obra de ninguna forma.



4. LICENCIAS SOFTWARE


Las licencias software son una especie de contrato, donde se especifican todas las normas y cláusulas que rigen el uso de un determinado programa, principalmente se estipulan los alcances de uso, instalación, reproducción y copia de estos productos.

En el momento en que se decide descargar, instalar, copiar o utilizar un determinado SOFTWARE, implica que se aceptan las condiciones que se estipulan en la LICENCIA que trae ese programa, y se necesita la autorización que permite el uso legal de un determinado programa. La licencia es un documento bien sea electrónico, en papel original o número de serie autorizado por el autor.

Estas licencias se pueden agrupar según varios criterios: 

  1. Gratis / Evaluación

  • Gratis (freeware): tipos de software que se obtienen de manera gratuita, por tiempo ilimitado. Es importante destacar, que este tipo de licencia no autoriza al usuario, la venta, modificación o acceso al código fuente. Generalmente este tipo de software no es Software Libre. Ejemplos: Skype, Navegador Opera, etc.

  • Evaluación (shareware): tipos de software que se obtienen de manera gratuita, por tiempo limitado. Dicha limitación puede ser operativas o temporales (también ambos). Son de evaluación, lo que implica que después de cierto tiempo o utilidad, el usuario debe pagar por la licencia para poder utilizar el software sin restricciones. Ejemplos: Office preinstalado en PCs, Antivirus, etc.

  1. Cerrada / Abierta

  • Cerrada: software que implica el pago previo para la obtención de la licencia de uso. Este tipo de licencias tienes ciertos elementos particulares. Prohibición de reproducción no autorizada. Limitación de acceso al código fuente. Limitaciones numéricas en cuanto a los equipos a utilizar. Este tipo de software es también conocido como software propietario.

    • Abierta: son todos aquellos programas adquiridos de manera gratuita, cuya licencia contempla las 4 libertades del Software Libre. El movimiento GNU FSF inventa el término copyleft: se permite la libre distribución y copia de un software exigiendo que se preserven los derechos de la licencia en modificaciones posteriores del código.